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Políticas de teletrabajo y desconexión digital – Mogán

Adapta tu empresa al nuevo entorno laboral digital

El teletrabajo se ha consolidado como una modalidad laboral que requiere un marco normativo claro dentro de cada empresa. Te acompañamos en la elaboración e implementación de políticas de teletrabajo completas, que cumplan con la legislación vigente, definan derechos y obligaciones de empleados y empleadores, y aseguren la seguridad jurídica.

Además, desarrollamos una estrategia efectiva de desconexión digital en Mogán, fundamental para proteger los periodos de descanso del personal, prevenir riesgos psicosociales y favorecer un equilibrio saludable entre la vida laboral y personal.

Fomenta la flexibilidad y el bienestar de tu plantilla

Una política de teletrabajo clara y bien comunicada en Mogán no solo asegura el cumplimiento legal, sino que aumenta la satisfacción y el compromiso de los empleados, atrae talento y potencia la productividad de la empresa.

Ventajas de una política de teletrabajo bien definida

Contar con una política de teletrabajo en Mogán clara proporciona seguridad jurídica a la empresa, define reglas transparentes para los empleados, minimiza los riesgos asociados al trabajo a distancia y fomenta una cultura de respeto al descanso mediante la desconexión digital.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se considera que existe teletrabajo regular?
Se considera trabajo a distancia regular cuando un empleado realiza al menos el 30% de su jornada durante tres meses consecutivos.
¿La empresa está obligada a pagar los gastos del teletrabajo?
La ley indica que el teletrabajo no debe generar costes al empleado; la empresa debe cubrir gastos de equipos, herramientas y medios laborales.
¿Qué es el derecho a la desconexión digital?
Es el derecho del trabajador a no atender comunicaciones laborales fuera del horario, garantizando descanso y vacaciones mediante una política clara de la empresa.
¿El acuerdo de teletrabajo debe ser por escrito?
Sí, es obligatorio. Se debe formalizar por escrito un acuerdo individual con cada trabajador a distancia, como parte del contrato o en un anexo.
¿Puedo obligar a un empleado a teletrabajar?
No. El teletrabajo es voluntario y reversible, para empleado y empresa, y no puede imponerse unilateralmente, salvo en situaciones excepcionales previstas por la ley.
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