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Políticas de teletrabajo y desconexión digital en San Bartolomé de Tirajana

Adapta tu empresa al nuevo entorno laboral digital

El teletrabajo se ha consolidado como una modalidad habitual que requiere un marco normativo claro dentro de la empresa. Te ayudamos a diseñar e implementar políticas integrales de trabajo a distancia que cumplan la normativa, definan los derechos y obligaciones de empleados y empresa, y garanticen seguridad jurídica.

Nuestro servicio incluye la elaboración de una política de desconexión digital efectiva, clave para proteger el tiempo de descanso del personal, prevenir riesgos psicosociales y fomentar un equilibrio saludable entre vida laboral y personal.

Fomenta la flexibilidad y el bienestar de tu plantilla

Una política de teletrabajo bien diseñada y comunicada no solo asegura el cumplimiento legal, sino que también incrementa la satisfacción y el compromiso de los empleados, atrae talento y puede potenciar la productividad de la empresa.

Ventajas de una política de teletrabajo bien definida

Contar con una política clara proporciona seguridad jurídica, establece normas transparentes para los empleados, previene riesgos laborales asociados al trabajo a distancia y fomenta una cultura de respeto al descanso y la conciliación.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se considera que existe teletrabajo regular?
Se considera trabajo a distancia regular cuando un empleado presta servicios a distancia un mínimo del 30% de su jornada en un periodo de referencia de tres meses.
¿La empresa está obligada a pagar los gastos del teletrabajo?
Sí. La ley establece que el teletrabajo no puede suponer un coste para el empleado. La empresa debe compensar los gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de la actividad laboral.
¿Qué es el derecho a la desconexión digital?
Es el derecho de los trabajadores a no responder a emails, mensajes o llamadas de trabajo fuera de su horario laboral para garantizar su tiempo de descanso y vacaciones. La empresa debe tener una política que lo defina.
¿El acuerdo de teletrabajo debe ser por escrito?
Sí, es obligatorio. Debe formalizarse un acuerdo individual por escrito con cada empleado que trabaje a distancia de forma regular. Este acuerdo puede formar parte del contrato inicial o ser un anexo posterior.
¿Puedo obligar a un empleado a teletrabajar?
No. El teletrabajo es voluntario tanto para el trabajador como para la empresa y debe ser reversible. No puede ser impuesto unilateralmente, salvo en circunstancias excepcionales reguladas por ley.
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