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Defensa ante inspección de trabajo

Afronta una inspección de trabajo con total tranquilidad

Una inspección de trabajo puede ser un proceso complejo y estresante. Nuestro servicio de defensa especializada te acompaña desde el primer momento, garantizando que se respeten tus derechos como empresa y gestionando la actuación inspectora de la forma más eficiente para minimizar el impacto en tu negocio.

Desde la asistencia en la propia visita del inspector hasta la formulación de alegaciones y recursos, nuestro objetivo es defender tus intereses, desvirtuar posibles actas de infracción y evitar o reducir significativamente las sanciones económicas propuestas.

Minimiza el impacto económico de posibles sanciones

Una defensa proactiva y bien argumentada desde la fase inicial puede conseguir el archivo del expediente o una reducción sustancial de las sanciones propuestas, protegiendo las finanzas de tu empresa y evitando un impacto negativo en tu reputación.

Ventajas de una defensa especializada

Contar con un equipo experto te aporta seguridad durante todo el proceso, garantiza que se respeten tus derechos procedimentales, aumenta las posibilidades de un resultado favorable y te permite aprender de la experiencia para mejorar los procesos internos de tu empresa.

Preguntas frecuentes

¿Qué puede revisar un inspector de trabajo?
Un inspector tiene amplias facultades. Puede revisar contratos, nóminas, registros de jornada, cotizaciones a la Seguridad Social, medidas de prevención de riesgos laborales, y cualquier otro aspecto de la normativa socio-laboral.
¿Estoy obligado a dejar entrar al inspector en mi empresa?
Sí. Impedir el acceso o la permanencia del inspector en el centro de trabajo se considera una obstrucción muy grave y puede ser sancionado con multas de elevada cuantía.
¿Qué es un acta de infracción?
Es el documento oficial donde el inspector detalla los hechos que considera constitutivos de una infracción, la normativa incumplida y la propuesta de sanción económica correspondiente.
¿Tengo derecho a presentar alegaciones contra el acta?
Sí. Una vez notificada el acta, la empresa dispone de un plazo legal para formular un escrito de alegaciones, presentar documentos y proponer las pruebas que estime convenientes para su defensa.
¿Qué pasa si no pago una sanción impuesta por la Inspección?
Si la sanción se convierte en firme y no se paga voluntariamente, la Administración iniciará la vía ejecutiva de apremio para su cobro forzoso, lo que puede implicar embargos de cuentas y bienes.
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