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Defensa/Acusación particular en fase de investigación (Diligencias Previas) en Arucas

Una defensa proactiva desde el inicio del proceso

La fase de investigación, o diligencias previas, es la etapa más importante del procedimiento penal. Contar con intervención legal experta desde el inicio resulta determinante para el resultado final. Ofrecemos defensa o acusación particular activa para construir un caso sólido desde el principio.

Ya sea actuando como defensa del investigado o como acusación particular en nombre de la víctima, nuestra estrategia se fundamenta en un análisis detallado de los hechos, la solicitud de diligencias de prueba esenciales y una participación proactiva en todas las actuaciones para proteger tus derechos e intereses.

Construye una defensa o acusación sólida desde el primer paso

La fase de instrucción judicial establece los cimientos de todo el procedimiento penal. Contar con una estrategia legal proactiva en esta etapa inicial es crucial para asegurar que se practiquen todas las pruebas pertinentes y orientar el caso hacia un resultado favorable en el juicio oral.

Ventajas de una intervención legal temprana

Tener un abogado desde el inicio de la investigación permite influir de manera decisiva en el desarrollo del procedimiento, proponer las pruebas más eficaces para tu defensa y sentar las bases para lograr una posible absolución o una condena lo más favorable posible.

Preguntas frecuentes

¿Qué son las diligencias previas?
Es el nombre que recibe la fase de instrucción o investigación en el procedimiento penal abreviado. Su objetivo es averiguar si los hechos denunciados constituyen un delito y quiénes son sus presuntos responsables.
¿Puedo pedir que se investigue algo concreto?
Sí. Tanto la defensa como la acusación particular pueden solicitar al juez de instrucción que se practiquen las diligencias de prueba que consideren necesarias para su estrategia, como la declaración de nuevos testigos o informes periciales.
¿Qué es el auto de apertura de juicio oral?
Es la resolución que dicta el juez cuando considera que existen indicios suficientes de delito para que el caso pase a la fase de enjuiciamiento. Contra este auto no cabe recurso.
¿Y si el juez considera que no hay delito?
Si el juez de instrucción concluye que los hechos no son constitutivos de delito o que no hay indicios suficientes contra el investigado, puede acordar el sobreseimiento y archivo de la causa.
¿Puedo llegar a un acuerdo para evitar el juicio?
Sí. Durante la fase de instrucción, es posible negociar con la fiscalía y las demás acusaciones un acuerdo de conformidad, que puede suponer una rebaja de la pena a cambio del reconocimiento de los hechos.
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