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Defensa/Acusación particular en fase de investigación (Diligencias Previas) en San Bartolomé de Tirajana

Una defensa proactiva desde el inicio del proceso

La fase de investigación, conocida como diligencias previas, constituye el momento más decisivo del proceso penal. Contar con asesoramiento jurídico especializado desde el inicio es clave para influir en el desenlace del caso. Brindamos defensa activa o actuación como acusación particular para elaborar una estrategia sólida desde el principio.

Tanto si representamos al investigado como si actuamos en nombre de la víctima como acusación particular, nuestra intervención se centra en un análisis exhaustivo de los hechos, la solicitud de diligencias probatorias esenciales y una participación proactiva en todas las actuaciones, garantizando la protección de tus derechos e intereses.

Construye una defensa o acusación sólida desde el primer paso

La fase de instrucción establece los cimientos de todo el proceso penal. Contar con una estrategia legal activa en esta etapa es crucial para asegurar la práctica de todas las pruebas necesarias y orientar el caso hacia un resultado favorable en el juicio oral.

Ventajas de una intervención legal temprana

Tener un abogado desde el inicio permite influir de manera decisiva en la investigación, proponer las pruebas más eficaces y preparar el camino para una absolución o para una condena lo más favorable posible.

Preguntas frecuentes

¿Qué son las diligencias previas?
Es el nombre que recibe la fase de instrucción o investigación en el procedimiento penal abreviado. Su objetivo es averiguar si los hechos denunciados constituyen un delito y quiénes son sus presuntos responsables.
¿Puedo pedir que se investigue algo concreto?
Sí. Tanto la defensa como la acusación particular pueden solicitar al juez de instrucción que se practiquen las diligencias de prueba que consideren necesarias para su estrategia, como la declaración de nuevos testigos o informes periciales.
¿Qué es el auto de apertura de juicio oral?
Es la resolución que dicta el juez cuando considera que existen indicios suficientes de delito para que el caso pase a la fase de enjuiciamiento. Contra este auto no cabe recurso.
¿Y si el juez considera que no hay delito?
Si el juez de instrucción concluye que los hechos no son constitutivos de delito o que no hay indicios suficientes contra el investigado, puede acordar el sobreseimiento y archivo de la causa.
¿Puedo llegar a un acuerdo para evitar el juicio?
Sí. Durante la fase de instrucción, es posible negociar con la fiscalía y las demás acusaciones un acuerdo de conformidad, que puede suponer una rebaja de la pena a cambio del reconocimiento de los hechos.
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